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El Decreto autoriza la reapertura de talleres lúdicos y de formación laboral en peluquería y estética. La continuidad de las actividades está supeditado a la situación epidemiológica del momento

Entre las actividades autorizadas figuran:

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-Talleres lúdicos y/o recreativos y/o de estimulación o similares destinados a niños, los que podrán ser organizados y ejecutados por Jardines maternales,

-Salones de juegos para niños o establecimientos similares, debidamente habilitados;

Talleres de formación laboral en peluquería y estética, a ser desarrollados en academias o institutos de oficios.

El funcionamiento de estas actividades estará supeditado a la solicitud que efectúen los interesados en desarrollarlas.

De acuerdo al protocolo dispuesto por el C.O.E.S de la Provincia de Entre Ríos mediante el Decreto Nº832/2020 GOB y que no se modifique la situación epidemiológica de nuestra ciudad, se establece que en el caso de locales cerrados no deben superar las diez personas y no extenderse por más de una hora.

Los interesados deben peticionar las solicitudes de funcionamiento ante el Área de Habilitaciones de la Administración Fiscal y Tributaria de la Municipalidad de Crespo, que es el organismo de aplicación y control de las medidas dispuestas.

Las nuevas hablitaciones incluyen actividades acuáticas recreativas

Asimismo el Decreto 156/2020 también autoriza a reiniciar las actividades acuáticas recreativas que se realizan en el centro de Rehabilitación y Salud Física a cargo de la Lic. Silvia Decoud,el que estará supeditado y condicionado al estricto cumplimiento del protocolo presentado por la solicitante y aprobado por el Comité Local de Emergencia Sanitaria, mientras tanto no se modifique la situación epidemiológica local.

👉HACÉ CLIC ACÁ PARA VER EL DECRETO Nº 156/2020 DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL

👉INGRESÁ ACÁ PARA VER EL DECRETO Nº 832/2020 DEL GOBIERNO DE ENTRE RÍOS

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