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Alberto Fernández firmó un nuevo decreto que prorroga por dos semanas el Distanciamiento Social, con permisos y restricciones. Se espera adhesión de Entre Ríos.

El gobierno nacional prorrogó por dos semanas más el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO), que vencía este domingo, como medida para evitar la propagación descontrolada del coronavirus en el país. Fue a través del Decreto 125/2021, publicado este domingo en el Boletín Oficial, que mantiene las mismas restricciones que regían hasta ahora y tendrá vigencia hasta el próximo 12 de marzo inclusive.

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Al fundamentar la extensión del DISPO las autoridades nacionales advirtieron que recientemente se detectaron en la argentina variantes del COVID-19 originarias del Reino Unido, de Brasil y de Sudáfrica.

Además, remarcaron que, si bien a nivel local hubo “una disminución de los casos confirmados” durante las últimas semanas, en algunas jurisdicciones, principalmente del Noreste y Noroeste, “se comienza a observa un aumento” de casos positivos.

El decreto que lleva la firma del presidente Alberto Fernández ratificó la potestad de las provincias para implementar restricciones de circulación si lo consideran necesario y podrán reglamentarla como consideren, estableciendo días, horas y zonas por razones epidemiológicas.

Si se repite lo mismo que en los decretos anteriores, se espera que en el transcurso de este domingo se conozca el respectivo decreto provincial de Entre Ríos con el que el gobernador Gustavo Bordet adhiera a la disposición nacional y precise si hay medidas particulares en función de la realidad epidemiológica entrerriana. Entre ellas, una podría ser una pequeña flexibilización de las restricciones horarias nocturnas.

Nación recordó que se deben tomar dos parámetros sanitarios para sostener o relajar el distanciamiento según cada provincia: cuando el cociente (resultado de dividir) entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días y el número de casos confirmados acumulados en los 14 días previos, sea superior a 1,20; o cuando el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100 mil habitantes, sea superior a 150.

En particular, el nuevo decreto se refiere al reinicio de las clases presenciales en todo el país. y ordena que “se deberán implementar políticas sanitarias que prioricen el funcionamiento de los establecimientos educativos”, cumpliendo protocolos adecuados para evitar que el regreso de niños, adolescentes y docentes a las aulas impacte negativamente en el control de la pandemia.

El decreto, a su vez, ratifica cuáles son las actividades que están habilitadas y las que no, desde este domingo hasta el 12 de marzo.

Actividades permitidas

Reuniones sociales en espacios públicos al aire libre con una distancia mínima de dos metros, utilización de tapabocas y cumplimiento de los protocolos vigentes nacionales y locales

Todos los sectores económicos, industriales, comerciales o de servicios, con protocolo aprobado por la autoridad sanitaria de las provincias

Deportes y actividades artísticas, con protocolos y en lugares cerrados la concurrencia no podrá ser superior a 10 personas

Actividades no permitidas

Eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares y actividades en general de más de 20 personas en espacios cerrados y en espacios privados al aire libre de acceso público, o en domicilios particulares

Eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos en espacios públicos al aire libre con concurrencia mayor a 100 personas

Práctica deportiva en lugares cerrados con más de 10 participantes o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de 2 metros

Cines, teatros, clubes y centros culturales, salvo que las autoridades de cada jurisdicción lo permitan

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